sábado, 14 de noviembre de 2009

apuntes 290/40/1997 (segundo cuerpo)

Reclamos, ítems

Derecho de Daños. Daño Moral 2.Gloria Yolanda Portillo: Ed Juris pg40: "Para fijar la indemnización en concepto de daño moral no debe tenerse en cuenta la mayor o menor fortuna del damnificado...la procedencia de la indemnización en concepto de daño moral se basa, principalmente en la conducta repugnante del accionado y la necesidad de prevenirla en el futuro..."
pg. 175: "Debe indemnizarse el daño moral que provoca la muerte de la madre, cualquiera fuere su edad, evaluándose para determinar el monto la trágica manera de su desaparición, que provoca mayor intensidad en el sufrimiento...Integra el resarcimiento pagar el precio del dolor de la muerte injusta de un hijo ya que no será sostén en la vejez...y el dinero acompensará, siquiera en lo terreno, aquella falta de sostén o aquella soledad..." (fs. aparentemente 225)Cita de fallo de derecho internacional.
Daño Psicológico: se deiferencia delmoral. Perturbación del equilibrio espiritual.
Pérdida de Chance: supresión material por pérdida de hijo.
Incapacidad absoluta? "si bien no lo llevó al suicidio o a la demencia lo convirtió en un ser incapaz de enfrentar la vida con medianas posibilidades"

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