sábado, 19 de diciembre de 2009
Diciembre de 2000. Celia
Me encanta Celia!!!
Se sacó el camisón y lo tiró sobre la cama. Se paró frente al espejo de la cómoda. Inclinó la cabeza hacia uno y otro lado como si fuera a apoyarla sobre los hombros. Con los brazos en jarra repitió el ejercicio varias veces.
Se levantó ambos senos. Deberían estar acá no ahí, pensó soltándolos. Se puso de perfil ¿Está el mate?, gritó.
miércoles, 16 de diciembre de 2009
El Turco
Patricia
lunes, 14 de diciembre de 2009
Ca2. Diciembre de 2006. Sebastián
domingo, 13 de diciembre de 2009
Cap1 Dic.1995 Ferreyra. Trama
Esquema General
sábado, 12 de diciembre de 2009
Patricia
Diciembre
Adrián o Sebastián
viernes, 11 de diciembre de 2009
El "Sr." S.
El Turco
lunes, 7 de diciembre de 2009
Este asunto de los artículos 2
La masacre de Recreo
(Segunda parte: los asesinatos)
"Soy López no hice nada", fue lo que dijo
Ferreyra en el momento de ser atrapado.
A seis años del fallo ejemplar que otorgó a Claudia Guadalupe Vega una indemnización ¿una reparación?, la víctima sobreviviente sigue esperando que se haga efectivo el cobro. Claudia fue la única sobreviviente aquella tarde del 12 de diciembre de 1995. Su madre y sus cuatro hermanos fueron asesinados. El asesino: Marcelo Graciano “Chajá” Ferreyra, un prófugo condenado por asalto y violaciones
Guadalupe golpeó el piso con los pies. Antes había tocado a Ferreyra en el brazo, sacudiéndolo un poco para comprobar que estaba bien dormido. “Señor, señor”, le habría dicho. Al ver que el hombre continuaba durmiendo decidió escapar de la casa donde era retenida por la fuerza. Era la tarde del martes 12 de diciembre de 1995. Corrió. Al llegar al domicilio del Cabo Miguel Fernando Enrique dijo: “Ayudame, creo que mi mamá está muerta”.
Enrique era un allegado a la familia Vega, padrino de Cristian Alexis, el bebé de un año y once meses, una de las cinco víctimas de Ferreyra.
“Hay un tipo durmiendo en la casa de Pelano y la tiene amenazada con dos revólveres y una cuchilla”, dijo después.
La reacción de Enrique no se hizo esperar, pidió una bicicleta a un vecino y fue a la comisaría. Allí se encontraba el Oficial Martínez (sumariante de turno) y el Sargento Pino. Enrique declaró unos días después a El Litoral que los tres se dirigieron al lugar que les había indicado Guadalupe, la casa de “Pelano” Kostelak, conocido por sus actividades como proxeneta, donde Ferreyra había retenido y violado (en dos oportunidades) a la adolescente.
Enrique hizo sonar el timbre de la vivienda varias veces. Como no contestaba nadie fue hacia la parte de atrás de la casa y advirtió que por un ventiluz se asomaba “la cabeza de un tipo que de inmediato me apuntó con dos pistolas”.
Enrique disparó al aire en señal de advertencia. Ferreyra accionó su arma, motivo por el cual el oficial disparó en dos oportunidades más.
Ferreyra comenzó a huir ganando terrenos linderos. “Se nos escapa por las tapiales”, advirtió Enrique a Martínez y ambos policías comenzaron la persecución del delincuente.
“Le grité que se detuviera pero me apuntó con el arma así que disparé”. Enrique hirió a Ferreyra, según consta en el informe de los peritos en criminalística que al día siguiente tomaron muestras de los rastros de sangre que mostraban claramente el recorrido de Ferreyra en su intento de huída.
Enrique corrió tras Ferreyra que se ocultó en un garaje.
“Aguantame o te hago boleta”, le habría dicho Ferreyra al dueño de la casa, ganando el domicilio.
Enrique y Martínez ingresaron a la casa y lo atraparon; Ferreyra se había ocultado en el baño “Soy López no hice nada”, repetía El Chajá una y otra vez.
Luego de dejar a Ferreyra en custodia en una ambulancia, ya que se encontraba herido, Enrique fue al domicilio de la familia Vega y según declaró “....toqué timbre, no me acordaba cómo era el procedimiento, si podía forzar la entrada, entonces fui a la comisaría, regresé y también vino Guadalupe, entonces viene la ambulancia y nos dice que el tipo se le había escapado”.
Enrique y Martínez realizaron un rastrillaje en los alrededores encontrando a Ferreyra en los fondos de una casa “…donde se hacía el muerto”. Según Enrique, El Chajá continuaba diciendo “Soy López no hice nada” pero en un acto que deja al descubierto la perversidad del sujeto agregó “rompé el alambre de la ventana que el vidrio se cae”. Enqrique cortó los alambres, dio un par de golpes y el vidrio cayó; al descorrer la cortina el primer cuerpo que vio fue el de Cristian.
“....mi ahijado estaba con las piernitas colgando y al lado estaba la mamá. Hacia los pies estaba Daniel y en una cama cucheta del frente estaban para un lado Alberto y para el otro Sebastián”.
Nelli Susana Toledo de Vega fue amordazada, atada a una cama y asesinada a puñaladas. Cursaba siete meses de embarazo.
Alberto Aparicio Vega, nacido el 4 de julio de 1984; Roberto Damián Vega, nacido el 17 de noviembre de 1985 y Raúl Sebastián Vega, nacido el 27 de agosto de 1987, fueron estrangulados. Cristian Alexis, nacido el 14 de enero de 1994 fue asesinado mediante asfixia.
“No sé cómo me contuve”, declaró Enrique unos días después a El Litoral “...el oficial Martínez me abrazó y Guadalupe me preguntó: ¿tío, están todos muertos?”
Ferreyra fue trasladado al hospital Cullen a una habitación que se encuentra en el subsuelo y que pertenece al Servicio Penitenciario. Estando allí un guardia le pregunta por qué había matado a los niños, por qué había matado al bebé. Ferreyra contesta “porque no me iba a pasar al vida así” y mira por sobre su hombro, haciendo alusión a tener que pasarse la vida temiendo la venganza de los niños ya que él les había matado la madre.
La carrera delictiva de Ferreyra
Marcelo Graciano Ferreyra, apodado Chajá o Tatín, Prontuario 295988, comienza su carrera delictiva el 03/05/1986 con los delitos de Robo Calificado, Tentativa de Robos Calificados, por los que recibe una condena de 4 años de Prisión que termina sus efectos el 04/04/1990, logrando Libertad Condicional con fecha: 29/12/1988.
Meses después es acusado por Robo Calificado con Lesiones Graves/ Robo y Hurto Calificado, y el 03/08/1992 es condenado a 5 años y dos meses de Prisión, unificándose las condenas, estableciéndose una Pena Única de 9 años de Prisión venciendo el 13/09/1995.
El 23/03/93 accede nuevamente a Libertad Condicional. Algunos meses después, en octubre de 1993 es acusado de Homicidio, otorgándosele la libertad el 15/10/1993 por Falta de Méritos. Causa del 05/10/1993.
El mismo 15/10/93 es acusado de Violación; 5 días después el 20/10/1993 vuelve a incursionar en Violación y Robo Calificado. El 18/04/1995 es revocada
El 25/04/1995, pasa a Las Flores, ya que se encontraba en el Penal de Coronda.
El 01/12/1995 se fuga.
El 12/12/1995 comete el aberrante hecho de autos calificado legalmente como “...privación ilegítima de la libertad calificada reiterada; homicidio calificado por la alevosía y para lograr la impunidad reiterado en cinco oportunidades, rapto, robo calificado por el uso de armas, violación reiterada en dos oportunidades, corrupción calificada y resistencia a la autoridad calificada, ...”
El 7 de noviembre de 1997 es condenado a Reclusión Perpetua, con más la accesoria de Reclusión por Tiempo Indeterminado e Inhabilitación Absoluta Perpetua.
Fuentes:
Expediente 290, folio 40, año 1997, tercer cuerpo: fojas 606/621; segundo cuerpo: 390/393.
Testimonio peritos médicos.
Diario El Litoral.
Nota: Las fotografías han sido tomadas del expediente con autorización de Adrián Van Isseldyk, abogado que entiende en la causa.
lunes, 30 de noviembre de 2009
La causa civil 2
La responsabilidad surge de la falta de servicio de carácter extracontractual establecida por el art. 1112 del Código Civil, la cual es independiente de la culpa o negligencia del concreto funcionario, aunque se pudieran acumular ambas.
En fecha 30/10/03 el Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual Número 1 Secretaría Segunda de la ciudad de Santa Fe, dicta sentencia admitiendo totalmente la demanda incoada por Claudia Guadalupe Vega en contra de
El Tribunal actuante acordó además la suma de $ 50000,00 por daño psicológico como independiente del daño moral.
Se impusieron las costas totalmente a
Contra dicho decisorio se interpusieron recurso de apelación extraordinaria.
Las causales de impugnación articuladas por esta recurrente giran en torno a la imputación de responsabilidad a
Considera las deficiencias del servicio penitenciario solo como un antecedente casual de los hechos generadores del daño desde que, a juicio de
Que surge indudable la existencia de relación de causalidad, porque era previsible que la fuga de Ferreyra derivara en los hechos como los que acaecieron, y empleando la debida atención y conocimiento de las cosas,
SENTENCIA DE
Que la misma ha recordado que
Los antecedes colectados en la causa revelan que
La causa civil
En 1997 comenzó el juicio extracontractual con la provincia de Santa Fe. Hubo tres demandas -hija, padre y abuelos-, que se unificaron en un solo juicio en el Juzgado Extracontractual N° 1.
El 30 de octubre de 2003 un fallo del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual, condenó por unanimidad a la provincia a pagar una indemnización.
Fiscalía volvió a recurrir a
Acá me perdí!!!!!!!!!!!!
La voz del abogado de Claudia, Adrián Van Isseldyk
—Sí. El fallo de Justicia en primera instancia es favorable en cuanto a reconocerle el monto de la indemnización, porque en la sentencia figuran todos los motivos que hemos expresado, como fundamento condenatorio.
—¿Esa decisión fue recurrida por los abogados de
—Sí. Pero también en esta instancia
—¿En qué año se produjo la sentencia en primera instancia y en qué año la segunda?
—El fallo de primera instancia se produjo durante el 2003, es decir ocho años después de que se produjo la masacre en la que le mataron a su madre y sus hermanos a Claudia Vega, y ahí es cuando los abogados de
Y después, sobreviene el fallo confirmatorio de
—¿Pero nuevamente tuvieron que sortear nuevas piedras en el camino, y así llegamos prácticamente al final de 2006, y seguimos esperando?
—Sí, porque nuevamente los abogados de Fiscalía de Estado, interpusieron un recurso de queja ante
—¿Entonces frente a esta nueva dilación, cuáles son las expectativas de Claudia como víctima y de usted como su abogado?
—Miré el recurso de queja interpuesto lo tiene uno de los ministros de
—¿Usted sabe que el doctor Falistocco será a partir del primero de enero el próximo presidente de
—Bueno eso a esta altura es de público conocimiento, y además creemos que esta causa el actual ministro y futuro presidente Roberto Falistocco la conoce muy bien.
—¿Entonces en qué tiempo se deberían expedir en esta causa?
—En este momento lo digo con certeza porque, como es obvio suponer, conozco al dedillo el expediente,
—¿Y como último recurso, usted no puede reclamar un pronto despacho teniendo en cuenta que los términos para expedirse ya se vencieron?
—No, mire hay una ley no escrita en los tribunales, que es que si usted solicita un pronto despacho, la sentencia le será adversa
sábado, 21 de noviembre de 2009
F. hasta c. Leiva
La defensa de la Prov.
Retomando...290/40/97, Cálculos...
Este asunto de los artículos
Este asunto de los artículos para Entre Líneas me tiene tan ocupada que no tengo tiempo de vivir dentro de la novela. Me parece que no fue buena idea. En fin...ya está hecho. Como el primero ya salió lo puedo subir acá va:
La masacre de Recreo
(Primera entrega, de tres: la fuga)
A seis años del fallo ejemplar que otorgó a Claudia Guadalupe Vega una indemnización ¿una reparación?, la víctima sobreviviente sigue esperando que se haga efectivo el cobro. Claudia fue la única sobreviviente aquella tarde del 12 de diciembre de 1995. Su madre y sus cuatro hermanos fueron asesinados. El asesino: Marcelo Graciano “Chajá” Ferreyra, un prófugo condenado por asalto y violaciones.
El 30 de octubre de 2003 un fallo del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual N°1, Secretaría Segunda Expediente 386/2009. Autos caratulados: Vega Claudia Guadalupe y Otro c/ Provincia de Santa Fe, condenó por unanimidad a la provincia a pagar una indemnización.
Pero aquella tragedia no comenzó en las primeras horas del 12 de diciembre de 1995, comenzó mucho antes, cuando Marcelo “Chajá” Ferreyra, por entonces detenido en el penal de Las Flores, planeó y llevó adelante una fuga de película.
Ferreyra en Las Flores
La estancia de Ferreyra en
Ferreyra contó qué fue lo que pasó; declaró que vio a los internos golpearse entre ellos para simular todo. Él declara en contra de los internos y por ese motivo lo trasladan a Las Flores. Una vez allí, los agentes del servicio penitenciario se encuentran con que no pueden alojarlo en un pabellón con el resto porque su vida peligraría; entonces lo ponen en la enfermería. No había otro lugar posible. El penal no estaba preparado. Aquel era un sector de dos pisos. Debajo se encontraba la enfermería y un consultorio médico; arriba había 2 piezas de aislamiento con 4 o 5 camas para internación, pero en realidad no se internaba a nadie porque con los medios de que disponían era imposible. Siempre existió esa “sala de internación” y fue en una de esas habitaciones a donde llevaron a Ferreyra.
Los internos no permanecen todo el día en su celda y Ferreyra no era una excepción. Durante el día, realizaba tareas de limpieza, lo que se da en llamar la función del cuartelero, el fajinero. Pasaba el tiempo en la oficina donde está el oficial a cargo de los celadores del pabellón. Ahí cebaba mate, barría. El Chajá, a quien en el expediente también llaman Laucha, estaba todo el día con los penitenciarios y eso le permitió ser una pieza clave en la fuga. Él sabía lo que era hacer un libro diario, sabía cómo se operaba la radio, cómo los penitenciarios se comunicaban entre ellos cuando había algún problema; qué hacían y qué no hacían. Ferreyra era un interno solícito, ordenado, tranquilo, hasta simpático, y se ganó la confianza de algunos celadores. Según declaraciones de uno de sus cómplices al ser indagado, “Ferreyra tenía al parecer un arreglo”.
La fuga se gesta en el Pabellón I. Es ideada por dos internos, Miguel “Pilincho” Romero, a quien llamaban de ese modo porque tenía cara de pibe, y Roberto “Escopeta” Villalba, que se ganó el apodo porque utilizaba una escopeta en sus correrías. El plan comenzaba con la entrada de un móvil para trasladar un interno que simularía estar enfermo. Para lograrlo necesitaban quien operara la radio, así que lo contactan al Chajá. Serían entonces tres en total los fugados, pero en medio de la evasión, dos reos del Pabellón I se agregan al grupo. Eran Toribio González y Claudio García.
Amenazándolo con un arma, Ferreyra obliga al guardia de enfermería a pedir el móvil arguyendo que un interno está gravemente enfermo. Declara luego: “yo lo apreté a los milicos,…ellos actuaron amenazados por mí, mediante el cuchillo que yo tenía en la mano”.
Ferreyra sale de enfermería y mientras los celadores duermen libera a sus cómplices. Según el expediente, a fojas 79: “Villalba señala que Ferreyra les iba mandando los empleados penitenciarios de a uno para que los demás los metiéramos en el baño. Una vez reducido todo el personal, en total 7, nos dirigimos a la enfermería donde dormía el oficial a cargo…, mas adelante agrega que a medida que Ferreyra los traía nosotros los metíamos en el baño y los atábamos…” y continúa “…los principales actos han estado a cargo de Ferreyra como él mismo lo admite, todos los evadidos contribuyen a su resultado al inmovilizar al personal, despojarlos de sus ropas, atarlos o amordazarlos, violentarlos…”
El penal tiene dos portones, el de conserjería y el que está cerca del hospital que es un portón auxiliar. El móvil entra y se dirige al portón del hospital. Una vez allí suben los 5 internos y el oficial que estaba a cargo. Comúnmente, cuando se llama al móvil, un efectivo de la guardia acompaña al chofer, es por eso que en total fueron 3 los penitenciarios que se llevaron con ellos los fugados. El resto del personal quedó encerrado en una celda en el Pabellón I. Eran alrededor de las 3 de la mañana. Recién a las 5,05 hs. La autoridad policial toma conocimiento de la evasión.
En el penal hay dos guardias por día: Seguridad Externa que cuida el cordón exterior formado por las garitas que pueden verse si uno circula por Blas Parera, a cargo de un oficial y los centinelas; y Correccional, a cargo de un oficial y los celadores, que son los que están en los pabellones.
Las fugas del penal son raras, casi inexistentes, generalmente son de presos que salen con permiso. Existen permisos judiciales, salen y no vuelven; o se les escapan al penitenciario cuando el permiso es con custodia.
Existen muchas versiones que hablan de los privilegios de los que gozaba Ferreyra y que habrían posibilitado la fuga. Esta es una de ellas: inicialmente Las Flores estaba en medio del campo, en los años 80, hasta al río no había nada, pero con el tiempo la ciudad la fue rodeando y en 1995, la garita 3 estaba pegada a un boliche, un kiosco donde vendían bebidas. En aquel tiempo en las Flores los internos del Pabellón I eran los únicos que gozaban de visita íntima de 8 de la mañana a 5 de la tarde; y fue una mujer, que por entonces visitaba a Ferreyra como su pareja, la que habría comprado bebidas que ingresaron al penal. En el expediente no consta esta circunstancia, sino solamente que el personal se encontraba durmiendo; sin embargo a fojas 77 puede leerse lo siguiente: “la defensa técnica del procesado González... menciona el estado de su pupilo por la ingesta de alcohol y medicamento (rohipnol), versión que no ha sido rebatida...”.
Durante el recorrido hasta la salida, se obviaron cuestiones reglamentarias de seguridad, y hubo detalles extraños que no llamaron la atención de los guardias. Por ejemplo, que al solicitar el móvil se dio un nombre falso o que al salir el chofer rechazara la devolución del arma reglamentaria, que como es obligatorio, había dejado en la guardia al ingresar. Tampoco se verificó que estuviera autorizada la salida.
Cuando el móvil pisa Blas Parera, Ferreyra abre la puerta y se tira. Lo habían dejado ser útil para la fuga pero él sabía que corría el riesgo de que sus cómplices lo mataran por el episodio de Coronda. Una vez en Santo Tomé abandonan el móvil y huyen en un Renault 9 que sustraen a un remisero amenazándolo con un arma de fuego.
De aquel grupo se recapturaron Romero y Villalba; de los otros dos nunca más se supo.
Once días después, Ferreyra cometió los crímenes, según dijo, “porque esa tarde tenía ganas de matar”.
Nota: Las fotografías han sido intervenidas y se tomaron del expediente con autorización del abogado de Claudia Vega.
Los entrecomillados en negrita son citas al Expediente 386/2009. Autos caratulados: Vega Claudia Guadalupe y Otro c/ Provincia de Santa Fe, que tramita en el Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual N°1, Secretaría Segunda.
viernes, 20 de noviembre de 2009
Cont. Daños reclamados:
Daño Moral
Daño psicológico
Pérdida de chance
Gastos de asistencia médica
Cont. Ley 8183
Culpa/negligencia
Argumento: La responsabilidad del estado no cesa por el hecho de la fuga.
El prófugo reviste la calidad de penado (condenado....el penado quedará sujeto a curatela establecida en el C.C. para los incapaces"...o sea...será considerado como menor de edad en cuanto a su persona y bs. (art. 475C.C.); por lo tanto....la fuga no interrumpe ni limita no suspende esa dependencia técnica en relación a la responsabilidad que le cabe al curado en este caso el Estado.
Otras consideraciones :Condiciones en e que staba alojado F. como arecluso privilegiaso. Falta de contro coordinación seguridad del personal de penitenciaría.
Ferreyra era cuartelero de vigilancia (5 meses atrás de la fuga el duplicado de la llave doande se encerraba a f. se había perdido)
Que tres puestos de seguridad dejaron salir un camión sin siquiera mirar lo que este llevaba .
Inoperancia de la seccional Recreo de la policía en la captura de F. que convivía libremente en la comunidad.
Relevo de la plana mayor de Las Flores 8demuestra manifiesta voluntad del estado en reconocer culpas y enmendar)
el Estado santafesino es. responsable de la fuja, de la pasividad para lograr la recaptura y por tanto de los daños.
condena de F. 7/11/97.
el EE es ente monopolizador del ss. de seguridad y vigilancia.
Fianlmente y concluyendo: La responsabilidad del EE prov. se origina desde múltiples vertientes
1-Falta de ss.
2-Culpa y dolo del personal carcelario policial
La demanda E.290/40/97-Segundo cuerpo
Algunos Argumentos para el reclamo administrativo y judicial
Reclamo Administrativo y Pronto Despacho, con fecha 16/09/1996 (Expte. 00201-0048025/4), con el objetivo de obtener Indemnización de Daños y Perjuicios, según lo determinado por la ley provincial n°7234 y sus modificaciones.
Se cumple el plazo legal sin obtener respuesta lo que habilita legalmente la presentación judicial
Se entabla demanda por cinco millones novecientos ciencuenta mil pesos, monto calculado al 12/12/95 más intereses y costas.
La responsabilidad del estado provincial reulta del principio rector del Estado de Deredho, siendo una de las funciones esenciales garantizar el derechoa ala vida y a la Seguridad de las Personas (...) que el Ss. Penitenciario depende pura y exclusivamente del Podre ejecutivo se Santa Fe, tal como surge art.2 L.8183, en consecuencia esa función debe cumplir debidamente para evitar cualquier intento o incumplimiento en el cuidado y vigilancia de las personas confiadas a su custodia, según mandato constitucional.
Art.18 Constitución provincial: "En la esfera del derecho público la Provincia responde hacia terceros de los daños causados por actos ilícitos de sus funcionarios y empleados en el ejercicio de las actividades qe les competen, sin perjuicio de la obligación de reembolso de éstos.
Art.12 "La prov contribuye a la formación y defensa integral de la familia y al cumplimiento de las funciones que le saon propias son medidas económicas o de cualquier otra índole encuadradas en la esfera de sus poderes.
"Linares Quintana citando a Duguit -El estado es en cierto modo asegurador de lo que se llama frecuentemente el riesgo social...
De modo que si de la intervención estatal resulta un perjuicio especial para algunos, la colectividad debe repararlo, sea que exista culpa por parte de los agentes públicos o sea que no exista".
"Responsabilidad extracontracrual del Estado" de José Luis Palazzo. Ed. Depalma. 1995.
"La Responsabilidad extracontractual del Estado en la Juirisprudencia de la Corte por Juan Carlos Cassagne "en tal sentido la resp. extr. del Estado es siempre una responsabilidad directa y objetiva, fundada en la figura de la falta de servicio, que se independiza de la idea de culpa y que no requiere la individualización del autor del daño...quien contrae la obligación de prestar un servicio lo debe hacer en condiciones adecuadas para cumplir con el fin para el que ha sido establecido, siendo respponsable de los perjuicios que provocare su incumplimientos o su irregular ejecución..."
domingo, 15 de noviembre de 2009
Apunte. Diarios. E. 290/40/97.
Apuntes. Los diarios
sábado, 14 de noviembre de 2009
Apntes 290/40/97)Exp. Ferreyra
"Ferreyra, Marcelo Graciano s/ Homicidio calificado reiterado"
Resumen prontuario 295988:
Robo calificado, tentativa de robos calificados 1988 (4 años)
Robo en lugares poblados y en bandas + privación ilegítima de la libertad (1990)
Libertd condicional
Robo calificado con lesiones graves/ Robo y hurto calificado (1992; 5 años y dos meses) Unificación de condenas: 9 años
Libertad condicional
Homicidio (Octo/93): falta de méritos
15/10/93: violación:
20/10/93: violación y robo calificado
19/4/95: condena: 9 años. Unificación: 18 años
25/4/95: Paso a las Flores.
12/12/95: hecho aberrantes de autos calificados legalmente como "..... privación ilegítima de la libertad calificada reiterada, homicidio calificado por la alevosía y para lograr impunidad reiterado en cinco oportunidades, rapto, robo calificado por el uso de armas, violación reiterada en dos oportunidades, corrupción calificada y resistencia ala autoridad calificada, ...."
7/11/97: condena: Reclusión perpetua con más la accesoria de Reclusión por tiempo indeterminado e inhabilitación absoluta perpetua.
Sueltos
Cuartelero de vigilancia: fs. 388 declarado por personal ss. penitenciario y el mismo Ferreyra
Después de los asesinatos mucha gente se fue del barrio, sobre todo en la manzana donde ocurrieron
Apunte (290/40/97; cuerpo 2)
RAV:
Discuro monocrode; profundo negativismo; potencialidad agresiva; perfil histriónico (conclusión por lapsus mnémicos)
Costituye un potencial riesgo social por el heco. Se atribuye mal pronóstico en relación a falta de proyectos y motivaciones vitales.
No balancea la fórmula : angustia-culpa-agresividad.
Vivencia de culpa no elaborada.
Canaliza la angustia a traves del trabajo (por arquitectura psíquica obsesiva)
Baja autoestima: agresividad
: personalidad con componentes obsesivos y rasgos psicopáticos reforzándose agravándose y desencadenándose francas exacerbaciones patológicaas apartir del hechos.
VCLAG: (08/08/2000)
Actitud de desconfianza y manifiesto temor. Se percibe evidente repliegue del campo emocional. Mirada infantil. Mantiene actitud dependiente y reclamante con tutores. Estado anímoco: adaptación pasiva y resignada. Negación pero Sueños. Fobia. Incapacidad en campo recreativo y lazas sociales. Desintegración de identidad por pérdida por relación nula progenitor (cambió de lugares donde vivía y con quien) Trauma a nivel de la esfera sexual y emocional. Puerilizada en su aspecto físico.
Desde el punto de vista psiquiátrico el daño es permanente con posibilidad de agravamiento. (fs.377/378)
apntes 290/40/97 Relevamiento de funciones
Resolución 367/95 (fs. 320)
El subdirector general del ss. penitenciario de la provincia, resuelve:
Art.1) Relevar de sus funciones al personal Superior del Instituto de Detención La Capital que a continuación se detalla........
Art.2) El peronal del art.1) quedará a disposición de esta Dirección General
Art.3) Designación:...........
Res. 118 (fs323) (aplicación de medidas disciplinarias)
Santa Fe, 07/03/96
Se aplican 20 días de suspensión "Por no tomar los recaudos necesarios para evitar que se produzca una fuga de internos el día 01/12/095" (fs 324)
Considerando: "Que entrando al análisis detallado de lo realmente ocurrido ........., surge diáfano la comisión de faltas disciplinarias por parte del personal directamente interviniente en el lamentable suceso que tomó estado público por su trascendencia negativa en detrimento de la Institución Penitenciaria"
"Que durante la investigación de los hechos, la institución ha podido colectar pruebas más que convincentes que demuestran un estado de descontrol casi total en la conducción y manejo de la actividad penitenciaria en el Instituto aludido, responsabilidades estas que han sido obviadas por sus dirigentes, tanto sea a nivel de Oficiales Jefes, Oficiales y Personal Subalterno, dando origen a situaciones complejas en el diario quehacer penitenciario, que como en el caso que se estudia, han resultado adversas a toda normalidad reglamentaria" (fs.325)
apuntes 290/40/1997 (segundo cuerpo)
Derecho de Daños. Daño Moral 2.Gloria Yolanda Portillo: Ed Juris pg40: "Para fijar la indemnización en concepto de daño moral no debe tenerse en cuenta la mayor o menor fortuna del damnificado...la procedencia de la indemnización en concepto de daño moral se basa, principalmente en la conducta repugnante del accionado y la necesidad de prevenirla en el futuro..."
pg. 175: "Debe indemnizarse el daño moral que provoca la muerte de la madre, cualquiera fuere su edad, evaluándose para determinar el monto la trágica manera de su desaparición, que provoca mayor intensidad en el sufrimiento...Integra el resarcimiento pagar el precio del dolor de la muerte injusta de un hijo ya que no será sostén en la vejez...y el dinero acompensará, siquiera en lo terreno, aquella falta de sostén o aquella soledad..." (fs. aparentemente 225)Cita de fallo de derecho internacional.
Daño Psicológico: se deiferencia delmoral. Perturbación del equilibrio espiritual.
Pérdida de Chance: supresión material por pérdida de hijo.
Incapacidad absoluta? "si bien no lo llevó al suicidio o a la demencia lo convirtió en un ser incapaz de enfrentar la vida con medianas posibilidades"
Apuntes 290/40/1997
Hora de ingreso : 0,30 aprox.
Armas (está así en plural, no aclara) de fuego y 1 cuchillo.
Nelli toledo, el deceso se produce como consecuencia de hemorragia aguda por heridas en cuello y torax.
Menores:asfixia y estrangulamiento.
Vocabulario: "contaba con tantos años y tantos meses cuando y fue eliminado" Por qué esta y no otra palabra? Pareciera que por una cuestión de usar distintos términos, no repetirse porque en los demás usa homicidio, magnicidio...increíble que a alguien se le ocurra usar eliminado para un niño que ha sido asesinado.
Empleos: madre:ss. doméstico
Padre: albañil...repartidor de paroductos alimenticios... camionero, actualmente es camionero.
Estaban separados hacía años pero Nelli seguía teniendo hijos con Vega.
sábado, 24 de octubre de 2009
Otro asesinato
Unos 10 días después de la masacre, encuentran su cuerpo baleado en los bañados del Salado, entre la maleza. Se le atribuje el asesinato a Ferreyra.
El Chajá nunca antes de la masacre estuvo condenado por asesinato, pero sí sospechado y acusado.
viernes, 23 de octubre de 2009
El cómplice
Kostelak fue condenado a 6 años de prisión en suspenso por su participación en los hechos de la fuga, es decir ocultar a Ferreyra en su casa. Él decaró que lo hizo amenazado y por temor. Poco tiempo anduvo libre porque unos meses después fue encarcelado, acusado por el delito de aborto. En la actualidad se encuentra libre.
sábado, 17 de octubre de 2009
El expediente
Las versiones se tocan se rozan se superponen se contradicen pero nunca se encuentran del todo. Si a eso le sumamos que en las entrevistas tengo otras versiones, como quien dice extraoficiales, pero no menos dignas de crédito; más y más versiones se acumulan, sobre todo en los detalles más oscuros.
Ocho renglones, solo 8 renglones a fojas 145 resumen los hechos de esa noche que comenzó a las 0:30 del 12/12/95 cuando "Marcelo "Chajá" Ferreyra, quien se había fugado hacía 11 días de la cárcel de Las Flores, irrumpió subrepticiamente en el domicilio de la familia Vega, armado con un cuchillo y un arma de fuego"
jueves, 15 de octubre de 2009
Casualidades
Qué bueno debo ir muy bien porque estoy en la etapa de la confusión que es la segunda etapa, según los novelistas.
Expediente
Creo que al abogado le costó confiar, y sus razones tenía.
miércoles, 14 de octubre de 2009
Plan de artículos
Noviembre: los asesintos y la captura.
Diciembre: Van Isseldik, la causa civil.
¿Cómo lo hacen los periodistras? Esto de tener que salir de la ficción me genera un montón de dudas porque además de tener que encontrar una voz para mí (hasta ahora sólo he hecho hablar a personjes, incuso en las notas y artículos me escudé en Gerardo Murillas, un periodista que inventé para que hable por mí), tengo que pararme en algún lado, no se puede mirar desde arriba, que es lo que en principio yo pretendía.
Eso no es posible porque ni bien empezás a redactar el artículo ya estás opinando con el mero hecho de elegir y ver qué y cómo de lo que averiguaste ponés.
Entre Líneas
sábado, 19 de septiembre de 2009
La enfermería
" la enfermería es un sector donde hay un consultorio médico y arriba tiene 2 piecitas, como de aislamiento, con 4 o 5 camas como para internar. Pero en realidad no se interna a nadie porque con los medios que hay es imposible. Si el tipo tiene que estar internado no puede estar ahí. Siempre existió esa sala de internacion y a una de esas piecitas se la dieron a él, porque había que cuidarlo de los otros. Ahí no hay nunca internos".
jueves, 17 de septiembre de 2009
La escena
miércoles, 16 de septiembre de 2009
La entrevista
Pudimos ver una criatura marcada por un terrible hecho que fue vivido en su propio cuerpo en su propia vida; y también el terror y además la angustia ante la pérdida, la angustia y el horror; porque le tocaba a ella también”.
Nosotros después nunca la vimos, esta criatura en su momento, por supuesto una chica tímida, introvertida, no fue mucho lo que ella pudo hablar, más que nada fue una entrevista bastante silenciosa”.
martes, 15 de septiembre de 2009
Admitiendo
Es más estúpido negarlo que admitir que hay gente así"
lunes, 14 de septiembre de 2009
Los diálogos
domingo, 13 de septiembre de 2009
El comida
sábado, 12 de septiembre de 2009
La conversión
El carisma
¿Por qué los presos (todavía me cuesta a llamarlos internos) no comen matambre?
Porque habría que comprar una media res más o menos cada cuatro hombres, es decir... yo no hago cuentas desde que dejé la profesión pero toda regla tiene su excepción así que serían como doscientas para 800 presos.
Cuentan que un juez de ejecución penal, nuevecito, entró a ejercer el cargo a Las Flores y que los internos le reclamaron porque nunca se les servía matambre, así que el juez abrió un expediente para investigar el caso.
¿Por qué no se les da matambre a los internos si ustedes comen matambre?, le preguntó a un celador
Mire lo único que se me ocurre es que para 600 internos habría que juntar 120 medias reses.
Reflexión de L.
"Fíjese Marianela hasta dónde llega el carisma que puede hacerle meter la pata a cualquiera"
No me pregunten
No me pregunten más por qué no escribo sobre maripositas danzando en la tarde primaveral santotomesina porque no lo sé.
No me apregunten por qué no escribo poemas para el día de las madres, padres, abuelos, maestros, niños, primavera, etc, etc, etc, porque no lo sé.
No me pregunten más por qué mis personjes son gente a la que la vida les pasó por arriba porque excepto que se trate de un águila, a los demás la vida nos pasa por arriba.
viernes, 11 de septiembre de 2009
Colaterales
Entonces yo le dije que me hablara de su profesión, que me contara cómo ha sido para él esa vida suya dedicada a "los locos", como él los llama con un afecto que se le nota en la mirada y la sonrisa.
"Que pase el loco que sigue", solía decirles recostado en el marco de la puerta de su consultorio en el hospital.
Y esos con los "colaterales"( sigo pensando que la palabra que elegí es rara). Uno va por un hecho puntual y se encuentra con una vida y con un mundo desconocido y fascinante y conmovedor y...¿y ahora cómo hago para pasar ese mundo por alto y no incluirlo en la novela?
Lo más doloroso Carlos, le dije: Cuando llegué y dos enfermos que estaban en una sala de aislamiento se habían quemado vivos.
Lo más alegre, dije después: Cuando me reintegraba, después de diez años de ausencia por cuestiones de salud y una paciente, a la que llamábamos la muda porque nunca había hablado se acercó en su silla de ruedas y al verme dijo Carliiitooosss!!! La muda habló para nombrame ¿Entendés? Sí Carlos, entiendo.
jueves, 10 de septiembre de 2009
La nebulosa
Se queda y anda entre esos personajes que todavía no son personajes; son desconocidos hostiles, clones unos de otros y hasta de uno mismo.
miércoles, 9 de septiembre de 2009
Sobre el piso
No; no sabía. Parece, según este periodista retirado, que el Chajá tenía la convicción de que debía actuar para parecer loco y solicitaba a la fiscal declarar acostado sobre el piso (yo no sé porque todavía no conseguí el expediente, así que sigo trabajando como si armara un rompecabezas con fichas que están dispersas por todos lados, lo que no deja de ser interesante).
Volviendo al Chajá, un psiquiatra me dijo una vez (no voy a contar en qué circunstancias) que si hay algo de lo que ciertos locos están totalmente seguros es de que son cuerdos. Así que no es de extrañar que alguien que posteriormente sería calificado de psicópata peligroso (otra vez no tengo el término preciso por no tener el expte.) creyera que debía "hacerse el loco".
lunes, 7 de septiembre de 2009
Los ríos
domingo, 6 de septiembre de 2009
La ciudad
Ahora bien...Santa Fe tiene que ser un personaje también, a eso lo tenía en claro desde el comienzo. El asunto es cómo la sumo, no basta una descripción, más bien sobraría una descripción estática que en realidad uno tendería a saltar para seguir la acción, así que Santa Fe se tiene que mover, tiene que respirar, que hablar. La pregunta es cómo.
El Turco
sábado, 5 de septiembre de 2009
Resulta que
Resulta que tengo muchas preguntas que aguardan su respuesta, sobre todo de los detalles que se contradicen. Cuesta separar la paja del trigo.
Resulta que como el caso está todavía sin reolver en lo civil acceder al expediente viene siendo un esfuerzo hasta ahora inútil y te enterás de cosas como que el Chajá se fujó porque lo dejaron salir a comprar el pan, y te quedás helado y después te enterás por otro como fue realmente la cosa y entonces...entonces a la marcha se suman las contramarchas.
Resulta que me dijeron que conseguir el prontuario sería fácil porque se había suicidado y resulta que está en un penal de máxima seguridad en el Chaco y hasta se ha casado. La versión era tan fuerte que algunos periodistas con los que lo comenté me dijeron "sí yo ya lo sabía"
Así que aunque el testigo (entrevistado) sea confiable en principio, de ahora en más tengo que andar corroborando lo que me dicen y cruzando las respuestas. Claro que todo sería más fácil con el expediente que ya hasta sueño con los cinco cuerpos que sé que tiene.
B.
Importante:
Toledo atada y amordazada. Según ato cabos con informe periodístico, ocho puñaladas y degollada.
Los niños sobre las camas, como si durmieran.
Habitación: 1 cama simple; 1 cucheta.
Toledo irreconocible.
Claudia no estuvo allí, sino dos casas más al ¿oeste? (corroborar).
Si no consigo que me faciliten el expediente esto se pone complicado.
Me inagino la escena, esa escena que vio Amancio Alem y que no fotografió. Aunque en sus pesadillas, durante años, lo haya hecho después.
viernes, 4 de septiembre de 2009
Tiene que ver con nosotros
La forma
El día que
El perito criminalista de la policía de la provincia me lo dijo como al pasar, como si yo, que hace rato que ando investigando el tema lo supiera. Y yo no lo sabía porque al expediente todavía no lo vi y porque sobre esas cosas no anduve preguntado.
"El bebé estaba con la mamá...con ella en la cama; creo. Sí, creo que así".
A mí se me hizo como un viento en el pecho que me subió hasta la garganta y casi me ahoga. En ese momento, las víctimas dejaron de algún modo de ser las víctimas y se volvieron gente, gente con nombre a la que ya empezaba a imaginarle la cara, la risa; sobre todo en los niños. Gente que está muerta y sobre las que yo escribo.